Orígenes y evolución del Régimen Económico y Fiscal de Canarias (REF). Tomo III
Las primeras debilidades, siglo XVII
Salvador Miranda Calderín (Escritor)
El Tomo III representa el ecuador del proyecto y de la obra Orígenes y evolución del Régimen Económico y Fiscal de Canarias (REF). En él se analiza la Hacienda real y local durante el s. XVII. Por un lado, se rompió parte del privilegio de franqueza otorgado en 1487 con la petición en el archipiélago de numerosos donativos, la implantación de nuevos tributos, sirva como ejemplo la media anata y el tardío estanco del tabaco. Y por otro, la Corona tuvo la especial sensibilidad de prorrogar las permisiones en el comercio canario-americano, a pesar del contrabando, y suprimir el tributo de un ducado por pipa de vino y el uso del papel sellado. La renta real principal en este siglo siguió siendo el almojarifazgo, del que se aportan datos inéditos gracias a la documentación archivística analizada.
La Cátedra del REF de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria tiene entre sus principales objetivos el estudio y difusión del Régimen Económico y Fiscal de Canarias, tanto en su vertiente más técnica como histórica. No solo se dirige a especialistas en la materia, sino también al ciudadano en general, quien en muchas ocasiones no percibe con nitidez que sus efectos incentivadores le beneficien.
- Escritor
- Salvador Miranda Calderín
- Colección
- Cátedra del REF
- Materia
- Hacienda pública
- Idioma
- Castellano
- EAN
- 9788490423691
- ISBN
- 978-84-9042-369-1
- Depósito legal
- GC 120-2020
- Páginas
- 680
- Ancho
- 1,7 cm
- Alto
- 2,4 cm
- Edición
- 1
- Fecha publicación
- 18-06-2020
- Número en la colección
- 6
Precio
Contenidos
ÍNDICE
Introducción
CAPÍTULO I. EL PRIVILEGIO DEL COMERCIO CANARIO-AMERICANO SE INCORPORA AL REF EN EL S. XVII
1.1. El REF y los alisios en el s. XVII: la permisividad del comercio canario-americano como privilegio económico
1.2. La literatura sobre el comercio canario-americano
1.3. Las ordenanzas de 1591 que regularon el comercio canario-americano en el s. XVI y comienzos del XVII
1.4. El comercio canario-americano en el periodo 1601-1611
1.4.1. No existió límite de carga en el periodo inicial del s. XVII
1.4.2. El tráfico ilegal de extranjeros y vecinos como pasajeros
1.4.3. La interferencia de los jueces ordinarios en la labor de los jueces de registro
1.4.4. El control de los navíos extranjeros
1.4.5. El control de los jueces de registro
1.4.6. La carga de los navíos que iban con la flota y los navíos de aviso
1.4.7. Los registros de navíos que iban al Brasil
1.4.8. El lugar de la aduana y los puertos en los que operaba el comercio canario-americano
1.5. El endurecimiento de las condiciones del comercio canario-americano en 1612
1.5.1. ¿Hubo prohibición en 1611-1612 o simples restricciones al comercio?
1.6. El comercio canario-americano en el periodo 1613-1649
1.6.1. El modelo de permisión y los pasos que siguió la Corona para otorgarlo
1.6.2. Los permisos concedidos por la Corona entre 1613 y 1649
1.6.3. El control de las personas que iban a las Indias
1.6.4. El preaviso del paso de la flota
1.6.5. Algunas cuestiones técnicas sobre el comercio
1.6.6. El irregular comportamiento de los jueces de registro
1.6.7. La imposición de gravámenes a favor de los jueces
1.6.8. El comercio ilegal con barcos portugueses
1.6.9. La petición de la Iglesia de poder cargar a las Indias la décima parte de sus frutos
1.6.10. El caos generalizado en el control de la permisión
1.7. La prohibición del comercio canario-americano en 1649
1.8. ¿El intenso fraude en el comercio fue real o se magnificó por los intereses sevillanos?
1.9. El inmediato levantamiento de la prohibición en 1650
1.10. La evolución del comercio canario americano en la segunda mitad del s. XVII
A modo de resumen
Fuentes y Bibliografía
CAPÍTULO 2. LAS NUEVAS RENTAS Y ESTANCOS CREADOS POR EL ESTADO EN EL S. XVII Y SU RELACIÓN CON EL REF: EL TABACO
2.1. La renta y estanco del tabaco en el reino de Castilla y León, 1636
2.2. El derecho de 3 reales por libra de tabaco, 1634
2.3. La real cédula de 28 de diciembre de 1636 que creó el estanco del tabaco
2.4. La evolución de la renta y estanco en el s. XVII en el reino de Castilla y León
2.5. Los arbitrios sobre el tabaco de los concejos y ciudades se anticiparon al derecho de los tres reales por libra de la Hacienda real
2.6. La fiscalidad del tabaco en Canarias significó la ruptura de las tradicionales franquicias tributarias
2.7. En la primera etapa, 1629-1641, no existen referencias documentales de que se gravase el tabaco en Canarias
2.8. La segunda etapa en la que se creó y arrendó la renta concejil del tabaco en Canarias, 1642-1649
2.9. La tercera etapa, 1650-1700, en que la renta y estanco del tabaco pasó en Canarias de los concejos a la Hacienda real, quien la explotó en manos privadas
A modo de resumen
Fuentes y Bibliografía
CAPÍTULO 3. LA CREACIÓN DE SEÑORIOS EN TENERIFE EN EL S. XVII ROMPIÓ LA UNIDAD JURISDICCIONAL SUSTENTADA EN LA PROMESA DE NO ENAJENAR DE 1487
3.1. La literatura sobre la pérdida de jurisdicciones
3.2. La venta de jurisdicciones en Tenerife en el s. XVII
3.3. Los antecedentes de Punta de Hidalgo en Tenerife y Argual en La Palma
3.4. La exención de la villa de La Orotava, 1646-1651
3.5. La venta de la jurisdicción de Adeje en 1655 y la tímida reacción del concejo de Tenerife
3.6. ¿Un caso de deslealtad institucional en las gestiones de venta del señorío de Adeje en 1655?
3.7. La dura oposición del concejo a la enajenación del segundo señorío en 1663 y su intento de recuperar las jurisdicciones perdidas
3.8. Las alteraciones del donativo para la recuperación de las jurisdicciones y la imposibilidad de pagar a sus señores, 1665-1671
A modo de resumen
Apéndice documental
I. Acta del cabildo general de 16 de octubre de 1663. AMLL. Libro 16 de cabildos, Oficio 2º
II. Real cédula de 13 de julio de 1664 con el privilegio negativo de no vender más lugares y la derogación de las jurisdicciones propias de los señoríos de Adeje y Valle de Santiago
III. Real cédula de 23 de marzo de 1671 sobre la aceptación del Servicio de 90.000 ducados que ha ofrecido hacer la Isla de Tenerife por el privilegio que le está concedido de que no se han de vender en ella ninguna villa ni lugar, y que los de Adeje y Santiago queden en el estado de aldeas como lo estaban antes
Fuentes y Bibliografía
CAPÍTULO 4. DOS REIVINDICACIONES CON ÉXITO DEL PRIVILEGIO DE FRANQUEZA: LA SUPRESIÓN DEL DUCADO POR PIPA DE VINO EN 1617 Y EL ESTANCO DEL PAPEL SELLADO EN 1643
4.1. El fugaz gravamen de un ducado por pipa de vino exportada, destinado a la construcción de los muelles fortificados de Gibraltar y Ceuta, 1617
4.1.1. La sorprendente eficacia con la que se implantó el nuevo impuesto en Tenerife
4.1.2. La oposición de Gran Canaria al tributo
4.1.3. La oposición realizada por el concejo de Tenerife al tributo
4.2. La suspensión y posterior derogación de la renta y estanco del papel sellado en Canarias como elemento reivindicativo del REF, 1640-1643
4.2.1. La implantación en Canarias del estanco del papel sellado, su suspensión y pronta derogación, 1640-1643
A modo de resumen
Apéndice documental
I. Provisión en que su majestad manda se guarde el privilegio que la isla de Canaria tiene y se suspende el ducado que se pagaba de cada pipa de vino de las que salían de esta isla nuevamente impuesto. Año de 1617 (sic). Madrid, 13 de febrero de 1618
II. Real cédula de 20 de agosto de 1643 exceptuando de la renta y estanco del papel sellado
Fuentes y Bibliografía
CAPÍTULO 5. LOS DONATIVOS AL REY ALTERAN EL REF EN EL S. XVII
5.1. La exigencia de donativos en el s. XVII en España: de la voluntariedad a la coerción
5.2. ¿El privilegio de franqueza blindaba a Canarias de los donativos?
5.3. Un donativo olvidado en la historiografía de Canarias: el de 1632 exigido en 1634
5.4. Los donativos generales y su aplicación en Canarias
5.5. El seguimiento de los donativos en Canarias a través del AMLL
5.5.1. El donativo de 1641 para los gastos del tercio de Flandes
5.5.2. El donativo de 60 000 ducados del concejo de Tenerife financiado con varios arbitrios en doce años, 1642
5.5.3. El donativo de 1659
5.5.4. El donativo de 1664
5.5.5. El donativo de 1671
5.5.6. El donativo de 1675
5.5.7. Los donativos de 1677 por 30 000 y el de 1680 por 20 000 se unificaron en uno de 50 000 ducados
5.5.8. El donativo de 1686
A modo de resumen
Fuentes y Bibliografía
CAPÍTULO 6. EL ESTADO DE LAS RENTAS REALES EN CANARIAS DURANTE EL S. XVII. CARACTERÍSTICAS GENERALES DE SU ARRENDAMIENTO Y DISIMILITUDES RESPECTO AL S. XVI
6.1. La H
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